Desde que publiqué el artículo sobre algunos mitos sobre la ciudadanía italiana he recibido una serie de preguntas que he tratado de contestar en el límite de lo posible. Sin embargo, me he dado cuenta que existen preguntas recurrentes, así que decidí hacer un artículo para reunir esas preguntas y otras más para que puedas tener una visión general de la información que estoy compartiendo con la gente.
Aquí encontrarás preguntas y respuestas desde las muy generales hasta las muy específicas. Si tienes alguna que quieras agregar a esta lista por favor escríbela en los comentarios y trataré de contestarla. ¡Y no me maten si no puedo contestarlas todas! Pero igual trataré de hacer mi mejor esfuerzo.
A continuación las preguntas y respuestas más comunes sobre el reconocimiento de la ciudadanía italiana… ¡Comencemos!
1. ¿Cómo se obtiene la ciudadanía italiana?
En líneas generales, la ciudadanía italiana la puedes obtener de dos maneras, automáticamente o previa solicitud. Excepcionalmente, también puedes obtenerla mediante la figura de la ciudadanía italiana honoraria, tal es el caso de Robert De Niro, pero tendrías que ser alguien como Robert De Niro para obtenerla, así que esta opción mejor descartarla.
2. ¿Cuando adquiero automáticamente la ciudadanía italiana?
Suena bien eso de “automáticamente”, ¿no?, pero aquí vienen las complicaciones, porque en ese caso sólo puedes tener la ciudadanía italiana sí y sólo sí:
- Si tus padres son italianos (si eres menor de edad, ya estamos cerca)
- Si naciste en territorio italiano… pero… (siempre hay “peros”)… eres un niño abandonado en Italia (ya vamos descartando esta opción); tus padres son apátridas o te han transmitido automáticamente su ciudadanía extranjera (opción descartada).
- Si te adoptan (si eres mayor de edad, ya estamos lejos)
Así que automáticamente va a ser difícil que la obtengas, mejor es solicitarla.
3. ¿Cuando se puede solicitar la ciudadanía italiana?
Aquí viene todo el rollo de partidas, Consulados, traducciones y demás. Pero también hay otras opciones para obtener la ciudadanía italiana que te pueden interesar. Así yendo al punto, puedes solicitar la ciudadanía italiana, sí y sólo sí:
- Si eres descendiente de ciudadano italiano por nacimiento (ésta es la nuestra).
- Si realizas el servicio militar en las Fuerzas Armadas italianas (por amor a la madre patria, vale la ciudadanía en reconocimiento al esfuerzo).
- Si ocupaste un cargo público en el Estado Italiano, incluso estando en el extranjero.
- Si resides legalmente en Italia desde al menos dos años antes de alcanzar la mayoría de edad (ya sabes, si eres menor de edad, mayores posibilidades).
- Si usted naciste en territorio italiano: con residencia legal e ininterrumpidamente desde tu nacimiento hasta la mayoría de edad.
- Si resides en territorio italiano, después de 2 años de matrimonio con ciudadano italiano, a menos que hayas tenido hijos con tu pareja, en cuyo caso se reduce el período de 2 años a 1 año.
- Si resides en el extranjero, después de 3 años de matrimonio con ciudadano italiano, a menos que tengas hijos con tu pareja, en este caso el período de 3 años se reduce a 1 año y medio.
4. ¿Qué es un reconocimiento o una reconstrucción de la ciudadanía?
Es el proceso por el cual el Consulado, luego de haber reconstruido tu árbol genealógico, verificando para tal fin las partidas de nacimiento, matrimonio y defunción de sus antepasados, te otorga la ciudadanía italiana “ius sanguinis”, es decir, por derecho de sangre.
5. ¿A quienes me debo dirigir para obtener el reconocimiento de la ciudadanía italiana y qué documentos son necesarios?
La solicitud de reconocimiento de ciudadanía italiana la debes presentar en el Consulado italiano del lugar donde vives. La documentación debe demostrar que tu antepasado, del cual se deriva la ciudadanía, no sólo era ciudadano italiano al momento de dejar Italia, sino que además la mantuvo, es decir, que no renunció a ella y que en esas condiciones tuvo a todos sus descendientes. Si recién inicias el trámite deberás presentar la partida de nacimiento de tu antepasado, la cual la deberás solicitar al Ufficio di Stato Civile de la comuna donde nació, sino sabes exactamente ese dato lee “Búsqueda de partidas”; también debes presentar un documento que acredite su ciudadanía italiana (pasaporte italiano, certificado de no renuncia a la ciudadanía, etc.). La idea es que debes demostrarle al Consulado que tu antepasado sí fue italiano y que tienes una conexión directa con él, aquí es donde entra todo el entramado de partidas, que van desde las de tu antepasado hasta las tuyas.
6. Mi tatarabuelo nació en Italia. ¿Soy ciudadano italiano de forma automática?
Sólo a través de la reconstrucción de la ciudadanía italiana, siempre y cuando no haya saltos generacionales en tu familia, es decir, que no falte ninguna partida de ninguno de los descendientes que están emparentados contigo. Sólo así se podrá establecer si tienes derecho o no al reconocimiento de la ciudadanía italiana. Puede darse el caso que haya una interrupción en la cadena de transmisión de la ciudadanía, por ejemplo, una partida que no se encuentra, o la renuncia de la ciudadanía por parte de algún familiar. También puede ocurrir que el tatarabuelo provenía de una zona que, al momento de su partida, aún no formaba parte del territorio nacional italiano como, por ejemplo, algunas provincias en el noreste de Italia, para lo cual existen procedimientos especiales. Otros casos especiales son los de personas nacidas en áreas que ya no forman parte del territorio italiano, y que deben ser evaluados individualmente por el Consulado. Pero si tienes todo tu expediente completo con todas sus partidas, entonces no creo que tengas problemas en obtener la ciudadanía italiana.
7. Mi abuela emigró de Italia a Sudamérica y está casada con un sudamericano. ¿Tengo derecho a la ciudadanía italiana?
De acuerdo a la normativa italiana, las mujeres pueden transmitir la ciudadanía italiana únicamente desde el 1 de enero de 1948. Debes comprobar si tu abuela tuvo hijos luego de esa fecha y si conservó su ciudadanía, ya que puede darse el caso que haya renunciado a ella; pero lo que sí es definitivo es que sólo podrán tener ciudadanía italiana los descendientes nacidos de ella luego del 1 de enero 1948. En todo caso, si los mismos hubiesen nacido antes de esa fecha, ya no podrás hacer el trámite en el Consulado, sino más bien tendrás que hacerlo en Italia por la vía judicial.
8. ¿El Consulado puede ayudarme a buscar los documentos que se utilizan para solicitar la ciudadanía italiana?
El Consulado sólo se dedica a verificar qué la documentación presentada esté en orden y sea fidedigna, pero no puede hacerse cargo de los documentos que tú mismo debes buscar. Esto se debe principalmente al número de solicitudes que se presentan a diario (¡que son muchas!), y al hecho de que la asistencia sólo se puede dar a los ciudadanos italianos ya que, técnicamente hablando, el solicitante del reconocimiento de ciudadanía italiana, legalmente puede ser considerado ciudadano italiano sólo al final del proceso de reconocimiento.
9. Escuché decir que se tardan años antes de que finalice el procedimiento para el reconocimiento de ciudadanía italiana. ¿Por qué el proceso es tan largo y complicado?
La ciudadanía italiana es en general un proceso sustancialmente simple, pero… (recuerda, siempre habrá un “pero”)… puede complicarse cuando en el curso de las generaciones los descendientes del antepasado italiano, no han conservado los mismos datos, o sea, que han cambiado de nombre o han castellanizado el apellido, todo esto sumado hace que en la práctica sea difícil demostrar la relación de sangre entre los solicitantes y sus antepasados. Otra causa que afecta a los tiempos de reconocimiento es el elevado número de solicitudes presentadas y el poco personal disponible. Recuerda, Italia está en crisis, eso quiere decir, menos dinero, menos gente en los Consulados, más trabajo, más esperas.
10. Soy originaria de Sudamérica y me casé hace dos años con un ciudadano italiano. ¿Puedo tener el pasaporte italiano?
El pasaporte italiano es un documento que puede ser entregado sólo a los ciudadanos italianos. Podrás obtenerlo luego de ser reconocida como ciudadana italiana por matrimonio. La solicitud para este trámite deberás presentarla al Consulado luego de cumplidos 2 años de matrimonio, si resides en Italia, o luego de 3 años si eres residente en algún país de Sudamérica. Para mayor información sobre los documentos necesarios, busca en la sección “Ciudadanía por Matrimonio” en la página web del Consulado de tu ciudad. Debes tener en cuenta que la condición previa para iniciar el trámite es que el matrimonio haya sido transcrito en Italia.
11. Soy una ciudadana italiana residente en Sudamérica y pronto tendré un hijo con un sudamericano con el cual no estoy casada. ¿Qué ciudadanía tendrá mi hijo y qué debo hacer?
Sin duda tendrá la ciudadanía italiana. Según las leyes del país de origen del padre, tu hijo también podría tener la ciudadanía de su progenitor, y además la ciudadanía del país sudamericano donde nacerá. La ciudadanía italiana de tu hijo será efectiva a partir del momento en que sea transcrita en Italia. Para iniciar el proceso (aquí sí la cosa es muy simple), deberás la partida de nacimiento de tu hijo apostillada y traducida al italiano. Para mayores informes deberás entrar a la sección “Estado Civil” de la página web del Consulado de tu ciudad.
12. Soy italiano, pero estando en Sudamérica quisiera obtener la ciudadanía de uno de estos países. ¿Perdería la ciudadanía italiana?
Desde el 15 de agosto de 1992, la adquisición voluntaria de otra nacionalidad extranjera no determina la perdida automática de la ciudadanía italiana, a menos que sea la nacionalidad de uno de los siguientes países europeos: Austria, Bélgica, Dinamarca, Francia, Luxemburgo, Holanda, Noruega. (Francia prevé ciertas excepciones para los casos de naturalización simplificada previstos en el Segundo Protocolo de Enmienda a la Convención de Estrasburgo del 24/03/1995).
13. ¿Por qué perdí mi ciudadanía italiana cuando era menor de edad? ¿Puedo recuperarla?
Hasta el 15 de agosto de 1992, los hijos menores de padres que por algún motivo perdían la ciudadanía italiana, también la perdían ellos automáticamente. Si deseas recuperarla debes visitar la sección “Riacquisto Cittadinanza” en la página web del Consulado de tu ciudad.
14. ¿Debo sacar un turno o una cita para solicitar la ciudadanía italiana?
Sí, sólo puedes iniciar el trámite luego de sacar un turno, o una cita, en la página web del Consulado de tu ciudad, y habiendo cancelado también el impuesto de 300 euros.
15. ¿Qué debo llevar el día de mi turno o de mi cita?
Debes llevar todos los documentos de que dispongas para demostrar la ciudadanía italiana de tu antepasado y sus descendientes, y que además en esa línea directa no hubo renuncias a la ciudadanía italiana (certificado de no naturalización). Evidentemente también debes llevar todos los documentos que ya conoces (partidas de nacimiento, matrimonio, defunción). En el caso de las ciudadanas extranjeras casadas con un ciudadano italiano antes del 27 de abril de 1983, será necesario presentar la partida de nacimiento y la de matrimonio, si es que ésta no está ya presente en el Consulado.